lunes, septiembre 29, 2014

¿Control Ciudadano del Municipio?

En Chile, la administración comunal recae en la Municipalidad. Esta institución debe preocuparse de satisfacer las necesidades de la comunidad local y de asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna.
Ciertamente el municipio tiene una serie de responsabilidades en el territorio que administra.  Y una labor importante de fiscalización de estas responsabilidades la realizan los concejales, que según la norma[1] les corresponde: “Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipales y la ejecución del presupuesto municipal, analizar el registro público mensual de gastos detallados que lleva la Dirección de Administración y Finanzas…”, como también “Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las observaciones que le merezcan”.
Uno puede hacerse la pregunta si esa fiscalización realizada por los concejales corresponde a un control social. La respuesta es rotundamente no. El control social proviene desde los grupos intermedios, proviene desde la ciudadanía, y los concejales no son parte de la sociedad civil. Los concejales son parte de la institución.
En términos generales los espacios formales que tienen la sociedad civil para ejercer un control social son dos:
– El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC), organismo que tiene un nivel de participación consultivo y que no toma decisiones vinculantes.
– Transparencia activa (junto a la solicitud de información), que es un espacio importante pero que solamente alcanza a niveles de participación consultiva con respuesta obligatoria.
Los espacios de control social a nivel local son bastante acotados, por tanto se requiere aprovechar los espacios existentes y fortalecerlos: El COSOC no debiese estar supeditado al alcalde (parece un despropósito que actualmente sea el alcalde quien presida el COSOC) de turno, sino que debiese tener una autonomía que le permita fiscalizar a la administración comunal, y no tan sólo pronunciarse respecto a temas específicos que la ley le permite. ¿Por qué no imaginar un COSOC que tenga la facultad de convocar a un plebiscito comunal para obtener un pronunciamiento ciudadano claro respecto a una decisión específica que tenga impacto a nivel comunal?
Se debe fomentar el control ciudadano, ya que el control ejercido desde los concejales queda sujeto a la relación de estos con el alcalde o alcaldesa. Sólo por dar un ejemplo: ¿Cómo confiar en un la fiscalización de un concejal “x” si durante la campaña municipal se dedicó a aparecer en afiches junto al que en ese tiempo era candidato(a) a alcalde(sa)?
El llamado entonces es a ejercer el control social sobre las autoridades locales (Alcaldes y Concejales) y pedirles explicaciones de sus acciones u omisiones.
¿Está Ud. dispuesto(a) a dedicar tiempo para fiscalizar su Municipio?
[1] Artículo 79, letras c) y d), Ley Orgánica de Municipalidades.

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